21/02/18
Las cesantías son una prestación social a cargo del empleador y a favor del trabajador, que tiene como objetivo principal dar un auxilio económico cuando la persona termina su relación laboral con la compañía para la que trabaja. Por ley, el empleador deberá pagar al fondo de cesantías del trabajador a más tardar el día 14 de febrero de cada año, este valor.
Las personas que estén pensando en retirar sus cesantías deben tener en cuenta que dicho dinero deberá ser destinado para un fin establecido y no como soporte para pagar otras actividades.
La ley colombiana permite realizar retiros totales o parciales de las cesantías, siempre y cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
Para cualquier retiro por concepto de adquisición, construcción, mejoras y liberación de vivienda, son las empresas las que deberán presentar a las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP) una carta autorizando y certificando que vigilará la destinación de los recursos.
Cuando se da por terminada la relación laboral entre empleador y empleado, al momento de su liquidación recibirá una carta que le permite retirar sus cesantías también.
En cualquier caso, si está interesado en retirar sus cesantías lo recomendado es que el trabajador se comunique con el fondo de cesantías al cual se encuentra afiliado y consulte los requisitos para efectuar dicho retiro.
Muchas empresas en el país, han encontrado en el outsourcing de nómina, prestado por Adecco Colombia, un aliado importante, porque mediante este servicio las compañías ahorran costos y tiempo en tramites como el pago de cesantías.
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